16

September 17, 2025

Registro de inversión extranjera en Colombia: La clave para repatriar dividendos sin sanciones

En Colombia, la inversión extranjera es bienvenida y está regulada para ofrecer seguridad jurídica tanto a los inversionistas extranjeros como a las empresas receptoras de dicha inversión. Sin embargo, un aspecto que suele pasarse por alto al realizar este tipo de operaciones es la obligación de registrar dicha inversión ante el Banco de la República.

Lo primero a tener en cuenta es que toda inversión extranjera directa en sociedades colombianas debe ser reportada y registrada ante el Banco de la República, pues esto permite garantizar el derecho del inversionista a repatriar capital y utilidades, acreditar el origen de los recursos y contar con la protección legal del régimen cambiario colombiano.

 

Es por ello que el registro de una inversión extranjera en una compañía ubicada en Colombia no es un mero formalismo, sino que es la base que habilita la salida legal de dividendos al exterior y blinda la inversión frente a eventuales contingencias regulatorias y sancionatorias que, al final, repercuten en mayores costos para los inversionistas y para las compañías, afectando la normal operación de sus negocios.

 

Así pues, cuando un inversionista extranjero omite declarar ante el Banco de la República su calidad de accionista de una compañía, se expone a situaciones críticas como:

  1. Imposibilidad de repatriar dividendos: Pues los recursos generados por la participación accionaria no pueden transferirse legalmente fuera del país, porque no se han declarado a través del canal cambiario habilitado para ello.
  1. Pérdida de seguridad jurídica: Ya que sin el registro, la inversión no queda protegida bajo el régimen colombiano, lo que limita la     capacidad de defensa ante disputas, conflictos o posibles eventos sancionatorios.
  1. Sanciones económicas: La DIAN puede imponer multas que     alcanzan hasta el 200% del valor de la operación no registrada, de     acuerdo con el régimen sancionatorio cambiario.

En consecuencia, son consideradas buenas prácticas para inversionistas extranjeros:

  1. Registrar la inversión desde el inicio, dentro de los plazos establecidos.
  1. Mantener actualizada la información en casos de capitalizaciones, cesiones o transferencias de acciones.
  2. Contar con asesoría especializada que garantice el cumplimiento oportuno y evite errores que generen sanciones e incrementen los riesgos de pérdidas económicas para  sus negocios.

 

En síntesis, el registro de la inversión extranjera en Colombia es un paso estratégico: no solo permite acceder legalmente a dividendos y repatriar capital, sino que también ofrece respaldo jurídico frente a cualquier eventualidad. Cumplir con esta obligación es proteger la inversión, asegurar su rentabilidad y evitar sanciones que puedan afectar la operación de la empresa.

 

En WE ASSISTO entendemos la importancia de que tu negocio crezca. Por eso, te acompañamos en el cumplimiento de la normativa cambiaria, para que evites sanciones y accedas a tus dividendos sin obstáculos. Estamos aquí para brindarte el apoyo que necesitas mientras tú te concentras en lo más importante: ¡Hacer crecer tu negocio!

Bibliografía y Webgrafía

Banco de la República. Declaración de registro de inversiones internacionales. Disponible en: https://www.banrep.gov.co/es/material-apoyo-nuevo-sistema-informacion-cambiaria/declaracion-registro-inversiones-internacionales

Banco de la República. Guía diligenciar Declaración de Registro de Inversiones Internacionales. Disponible en: https://www.banrep.gov.co/sites/default/files/guia-diligenciar-declaracion-de-registro-de-inversiones-internacionales_1.pdf

República de Colombia. Decreto 1068 de 2015. Disponible en: https://d1b4gd4m8561gs.cloudfront.net/sites/default/files/reglamentacion/archivos/decreto-1068-2015-pag393-403.pdf

República de Colombia. Decreto 2245 de 2011. Disponible en: https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=69833

Superintendencia Financiera de Colombia. Facultad Sancionatoria en el Régimen Cambiario. Disponible en: https://www.superfinanciera.gov.co/publicaciones/15116/facultad-sancionatoria-en-el-regimen-cambiario-15116/

DIAN. Preguntas frecuentes sobre control cambiario. Disponible en: https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/infoconsulta/Paginas/ControlCambiario.aspx

Jimena Peters Orrego
Abogada Asociada
Regresar a todos los blogs