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October 2, 2025
Cumplir con los Precios de Transferencia (PT) no debe entenderse únicamente como una obligación formal. Bien gestionados, son una herramienta clave para garantizar el Principio de Libre Competencia, fortalecer la transparencia y reducir riesgos fiscales. En Colombia, este régimen aplica a las empresas que realizan operaciones con partes vinculadas, ya sea dentro del país o en el exterior, a través de transacciones como compraventa de bienes, prestación de servicios, cesión de intangibles o acuerdos financieros.
¿Quiénes se consideran partes vinculadas según el Art. 260 - I del Estatuto Tributario?
Se consideran vinculados cuando existe:
· Subordinación (más del 50% del capital pertenece a otra entidad).
· Control común (dos o más empresas bajo la misma matriz).
· Influencia significativa en decisiones administrativas.
· Relaciones familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
· Participación en consorcios, uniones temporales u otros contratos de colaboración.
· Operaciones entre sucursales y oficinas principales.
¿Quiénes están obligados?
Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que:
· Tengan patrimonio bruto ≥100.000 UVT (≈$4.706.500.000 para 2024).
· Registren ingresos brutos ≥61.000 UVT (≈$2.870.965.000 para 2024).
· Realicen operaciones con vinculados o con jurisdicciones no cooperantes.
Recordemos:
· Patrimonio bruto = Total de activos (bienes raíces, inversiones, cuentas por cobrar, inventarios, efectivo, vehículos, intangibles, etc.), antes de restar pasivos.
· Ingresos brutos = Total de ingresos obtenidos en el año gravable, sin aplicar deducciones, devoluciones, descuentos ni costos.
¿Qué pasa si cumplo con los requisitos?
a. Inscribir o actualizar el RUT con la responsabilidad 40.
b. Según el monto y tipo de operaciones, presentar:
· DeclaraciónInformativa de Precios de Transferencia: Es obligatoria si al 31 de diciembre de2024 el contribuyente tiene:
o Patrimonio bruto ≥ 100.000 UVT (≈$4.706.500.000).
o Ingresos brutos ≥ 61.000 UVT (≈$2.870.965.000).
o Operaciones con vinculados en el exterior o zona franca.
· Informe Local y Documentación Comprobatoria: Cuando además:
o Se registren operaciones con vinculados en el exterior o zonas francas ≥ 45.000 UVT (≈ $2.117.925.000).
o O se realicen operaciones con jurisdicciones no cooperantes ≥ 10.000 UVT (≈ $470.650.000).
· InformeMaestro (Grupo Multinacional):Para contribuyentes que pertenecen a un grupo multinacional que consolida estados financieros.
· InformePaís por País: Para matrices o controlantes de grupos multinacionales con ingresos consolidados ≥81.000.000 UVT (más de $3 billones)
¿Qué pasa si no cumplo?
El régimen de Precios de Transferencia contempla sanciones monetarias altas por:
· No presentar la declaración.
· Presentarla tarde.
· Incluir errores en la documentación comprobatoria.
El incumplimiento de este deber tributario puede generar sanciones significativas, que impactarán de manera negativa el flujo de caja y la estabilidad financiera de la compañía, tales como:
· Extemporaneidad(hasta 5 días hábiles):0.05% del valor de las operaciones (máx. 417 UVT).
· Extemporaneidad(> 5 días hábiles):0.2% mensual del valor de operaciones (máx. 20.000 UVT).
· Inconsistencias: 1% de la operación inconsistente (máx. 5.000 UVT).
· No presentación con vinculados:4% del valor de las operaciones (máx. 25.000 UVT).
· No presentación con paraísos fiscales:6% del valor de las operaciones (máx. 30.000 UVT).
· Omisión de información: 2% del valor omitido (máx. 5.000 UVT, o 1.400 UVT si operaciones < 80.000 UVT).
· Corrección antes de requerimiento:1% del valor corregido (máx. 5.000 UVT).
· Corrección después de requerimiento:4% del valor corregido (máx. 20.000 UVT).
En conclusión, en Colombia, los Precios de Transferencia no solo representan un deber tributario, sino que, al gestionarlos de manera adecuada, se convierten en una herramienta estratégica de planeación fiscal y de transparencia. Su cumplimiento no solo evita sanciones y protege los recursos de la empresa, sino que también fortalece la reputación corporativa y garantiza la aplicación del principio de plena competencia.
En WE ASSISTO sabemos que el cumplimiento en materia de precios de transferencia es clave para proteger tu negocio. Por eso, te acompañamos en la preparación, presentación y actualización de la documentación exigida, ayudándote a evitar sanciones y garantizando que tus operaciones internacionales se mantengan en regla. Nuestro objetivo es brindarte el respaldo legal, contable, financiero y técnico que necesitas, para que tú te concentres en lo más importante: ¡Hacer crecer tu negocio!
Bibliografía
https://www.dian.gov.co/Transaccional/GuaServiciosLinea/preguntas_frecuentes_Declaracion_PT.pdf
https://www.ochgroup.co/precios-de-transferencia-en-colombia-lo-que-su-empresa-debe-saber-para-cumplir-y-evitar-sanciones/
https://tpcgroup-int.com/servicios/precios-de-transferencia/colombia/
https://www.contadia.com/capitulo-et/capitulo-xi-precios-de-transferencia
https://www.ambitojuridico.com/noticias/tributario/tope-de-las-sanciones-por-incumplir-el-regimen-de-precios-de-transferencia